El nuevo escenario implica una adaptación de las franjas horarias para determinadas actividades, siendo esta una de las posibilidades que ha planteado Asturias
Las comunidades y ciudades autónomas podrán adelantar o retrasar un margen de dos horas en su territorio las franjas horarias establecidas, siempre y cuando no se incremente su duración total, según la orden ministerial publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Según han explicado fuentes del Ejecutivo, incluso en las zonas que el lunes entren en la fase 1 de la desescalada, los expertos han recomendado que se mantengan las franjas para realizar deporte y dar paseos con garantías de seguridad, aunque en esas zonas los ciudadanos podrán realizar las nuevas actividades permitidas, como ir a una terraza o a un comercio, en cualquier momento del día.
De esta forma, el Gobierno confirma que el horario para acudir a una terraza o comercio no debe ser obligatoriamente durante la franja horaria correspondiente a cada colectivo, por lo que se ajustará al que disponga cada establecimiento.
Por ello Asturias pedirá, según confirmó Adrián Barbón, mayor flexibilidad para la apertura de los negocios hosteleros, de forma que en los establecimientos de este tipo no se tengan en cuenta las limitaciones de aforo establecidas por el Gobierno central, sino su capacidad para garantizar la distancia de seguridad entre sus clientes.
El Principado pedirá también que se aplique este mismo criterio cuando llegue la Fase 2, en la que se podrá entrar al interior de los establecimientos.
El Ejecutivo autonómico se ha hecho eco también de la petición del sector hostelero de «flexibilizar» las franjas horarias establecidas para hacer compatible la actividad hostelera con las mismas.
Tras las peticiones de varios gobiernos autonómicos que alertaron de que la franja establecida para los paseos de los niños coincidían con las de más calor, el Ejecutivo ha decidido dejar en manos de las comunidades autónomas el mover esas horquillas un máximo de dos horas, siempre manteniendo separados los horarios reservados a cada colectivo.
La orden ministerial les habilita para ello y no necesitarán contar con autorización del Gobierno.
Como sucedía hasta hora, las franjas horarias no serán de aplicación a aquellos municipios y núcleos de población con menos de 5.000 habitantes, en los que se podrá realizar actividad física o dar paseos entre las 6 y las 23 horas.
Fuente: El Comercio
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